SUMILLA:
En el caso materia de examen, las pruebas incorporadas en el curso del proceso, en el que se respetaron los principios que regulan la actividad probatoria, otorgan convicción y certeza a este Colegiado Supremo respecto a la responsabilidad de la procesada.
FUNDAMENTO RELEVANTE
I.- DE LA PRETENSIÓN IMPUGNATIVA
PRIMERO. – La procesada fundamentó su recurso de nulidad (foja 3504 y 3540) y señaló que:
- Existió una inadecuada calificación jurídica por los hechos investigados que se generó por la falta de imputación necesaria sobre su participación.
- A pesar de que se imputó el tráfico dentro de una organización criminal, no se determinó qué rol habría tenido dentro de ella.
- Se produjo una vulneración a las garantías fundamentales de inmediación, contradicción, publicidad y concentración, debido a que las pruebas en que se sustentaron para condenarla solo se llevaron a cabo a nivel preliminar y judicial, sin que hubieran sido ratificadas en los debates orales.
- Las declaraciones testimoniales que sirvieron para responsabilizarla de los hechos imputados no reúnen los requisitos del Acuerdo Plenario número 2-2005, por lo que no debieron ser valoradas. […]