SUMILLA:
Es sintomático a este respecto la agresión de la conviviente del imputado a la menor agraviada, pues revela celos y una sospecha de la conducta de su conviviente con relación a la agraviada. No puede explicarse la denuncia por violación en una venganza por tal agresión, no solo por lo desproporcionado de la reacción sino porque se trató de una conducta agresiva contra una niña, de lo que se colige que era el adulto quien buscaba y hostilizaba a la víctima y no al revés. La versión del supuesto empleador del encausado Bravo Enero no tiene sustento documental sólido es una afirmación que carece de archivos que la sustenten, más aún si dirige una empresa formal. (…).
FUNDAMENTO RELEVANTE
PRIMERO. – Que el señor FISCAL ADJUNTO SUPERIOR en su escrito de recurso de nulidad formalizado de fojas quinientos cincuenta y uno, de doce de enero del dos mil veintiuno, requirió la anulación de la absolución. Argumentó que no se realizó una correcta apreciación de la prueba; que, subjetivamente, el Tribunal Superior señaló que la declaración de la víctima no cumple con los factores de seguridad jurisprudencialmente asentados; que, sin embargo, la declaración de la menor está corroborada por diferentes elementos de prueba (pericia psicológica, certificado médico legal, y las declaraciones de los padres de la niña); que, además, la declaración de la agraviada es persistente; y, de otro lado, no constan datos sólidos que acrediten la coartada del imputado. (…).