REIVINDICACIÓN, RESTITUCIÓN DE BIEN INMUEBLE Y DECLARACIÓN DE PROPIEDAD [RECURSO DE CASACIÓN N.° 2488-2016/HUAURA]

SUMILLA:

La falta de estudios de título registrales generan consecuencias en contra de quien no lo hizo; sin embargo, también debe atenderse que tal estudio exige compulsa de datos, análisis jurídico, conocimiento del sistema registral que de ninguna forma puede compararse al dato objetivo de estar viendo la construcción de una edificación, que es un hecho patente que no exige mayor verificación que la propia observación.

FUNDAMENTO RELEVANTE

1.- DEMANDA

El siete de julio de dos mil cinco, mediante escrito obrante a fojas cuarenta, Heny Elizabeth Legua Peralta, interpuso demanda de reivindicación contra Víctor Alberto Tuesta Zuta proponiendo: a) como pretensión principal la restitución de la propiedad de un área de terreno de 464.48 m2, que es parte de un área mayor de 1,200.00 m2, también propiedad de la demandante, ubicada frente a la Avenida Centenario, Barrio Valdivia, distrito de Santa María, provincia de Huaura; b) como pretensión accesoria se le restituya la posesión del área de terreno de 464.48 m2 antes mencionado; c) como pretensión subordinada, se declare a su poderdante, propietaria del área de 240.70 m2, edificado de mala fe por el demandado en el área materia de reivindicación; sustenta como fundamentos lo siguiente:

– Es propietaria del terreno ubicado en la Avenida Centenario, Barrio Valdivia, distrito de Santa María, provincia de Huaura, de un área de 1,200.00 m2, inscrito en el asiento 1, de fojas ciento diecisiete, del Tomo 186, del Registro de Propiedad Inmueble de Huacho, cuya subdivisión ha sido aprobada por Resolución de Alcaldía N° 167-93-OP-MD SM de fecha cinco de agosto de mil novecientos noventa y tres, en dos bloques que son : a) Bloque N° 1 de un área de 574.00 m2, que a su vez s e subdivide en 6 lotes (lotes 1, 2, 3, 4, 5 y 6); b) Bloque N° 2 de un áre a de 506.00 m2 que a su vez se subdivide en 04 lotes de 120.50 m2 cada uno (lotes 7, 8, 9 y 10), subdivisión que se encuentra inscrita en el Asiento 2, fojas 117 y 118 del Tomo 186 del Registro de la Propiedad Inmueble de Huacho.

– Agrega que su derecho de propiedad se acredita con las actuaciones judiciales seguidas en el expediente N° 99-2308, se guido contra Máximo Aquiles Ramos Chafalote, sobre mejor derecho de propiedad y posesión de terreno, así como en el expediente N° 2004-342, sob re interdicto de retener, en donde la autoridad jurisdiccional ha establecido la propiedad. (…).

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