SUMILLA:
Existe duda razonable, ya que no existen suficientes medios probatorios que acrediten la responsabilidad penal del acusado; por lo tanto, al subsistir la garantía constitucional de la presunción de inocencia, se debe absolver de la acusación fiscal.
FUNDAMENTO RELEVANTE
PRIMERO. – El acusado Vela Panduro, en la fundamentación de su recurso de nulidad (foja doscientos cincuenta y cinco), y en su informe oral, indicó que:
1.1. No existe prueba plena que determine su responsabilidad, al haberse valorado la manifestación del agraviado, la cual no contó con la participación del representante del Ministerio Público; asimismo, se valoró la testimonial del efectivo policial Bravo Hoyos, quien no se presentó a juicio oral.
1.2. No se tuvo en cuenta su versión exculpatoria, la misma que fue coherente durante todo el proceso, afectándose la presunción de inocencia.
1.3. El testigo Carlos Jhonatan Pineda Astete, efectivo policial, en juicio oral indicó que no vio el supuesto hecho delictivo.
1.4. No hay acta de registro personal ni acta de hallazgo de arma de fuego; y la pericia balística fue valorada sin que los peritos hayan concurrido al acto oral.
1.5. El hecho de usar un arma de juguete facilita la comisión del delito, pero no hay la intención de lesiones o poner en riesgo la vida de la víctima; por lo tanto, no se puede aplicar la agravante de mano armada, lo que vulnera los principios de legalidad y prohibición de responsabilidad objetiva.
Su pretensión es que se le absuelva del cargo que se le imputa.
SEGUNDO. – En el dictamen acusatorio (foja noventa y ocho), se formuló acusación contra Juan Pablo Vela Panduro en atención a que el veintitrés de julio de dos mil quince, aproximadamente a las ocho horas, cuando el agraviado Christopher Alonso Mellado Pagán caminaba por la avenida Sosa Peláez, en el Cercado de Lima, luego de salir de su domicilio, se le acercó por detrás el acusado Vela Panduro, quien hizo el ademán de apuntarle con un objeto con apariencia de ser un arma de fuego, pretendiendo apoderarse de sus pertenencias. El agraviado fue auxiliado por un patrullero que (…).